Para frenar la impunidad se acotará el fuero constitucional: RTO
León, Gto., a 21 de noviembre de 2011.- En el pasado reciente el Fuero constitucional venía funcionando en lo general como una protección al funcionario para evadir la acción de la justicia; ante esto los senadores panistas aprobaron en comisiones diversas reformas a la Constitución para acotar el fuero y así los funcionarios públicos puedan enfrentar un juicio penal sin necesidad de un instalar un “jurado de procedencia” en el Congreso, porque esto último politizaba los casos.
Así lo anunció el senador de la República por Guanajuato Ricardo Torres Origel durante su rueda de prensa semanal. Detalló que las comisiones unidas de Puntos Constitucionales y Estudios Legislativos aprobaron, en lo general, diversas reformas a los artículos 38, 61, 111 y 112 de la Carta Magna en materia de inmunidad de servidores públicos. De acuerdo con el dictamen, los diputados y senadores son inviolables por las opiniones que manifiesten durante el tiempo en el que desempeñan sus cargos y jamás podrán ser reconvenidos, procesados ni juzgados por ellas.
Además, los integrantes del Congreso de la Unión, los ministros de la Corte, los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, los consejeros de la Judicatura Federal, los secretarios de despacho, los diputados a la Asamblea Legislativa del DF, el jefe de Gobierno del DF, el titular de la PGR y el procurador de Justicia del DF, así como el consejero presidente y los consejeros electorales del IFE gozan se inmunidad y no podrán ser privados de su libertad durante el tiempo en que ejerzan su cargo.
Sin embargo, se acota en el texto, estos servidores públicos podrán ser sujetos de proceso penal, “cuando exista presunta responsabilidad penal por parte de alguno de los servidores públicos señalados, y una vez que se ejerza la acción penal por el titular del Ministerio Público correspondiente, el juez de la causa determinará si ha lugar a la expedición del auto de vinculación a proceso penal”, se precisa el dictamen.
Eso significa que aunque al inicio no se le prive de la libertad al funcionario, el juicio seguirá su curso y hasta que el juez dicte sentencia condenatoria entonces automáticamente el Congreso deberá acatar dicha sentencia y retirar el fuero al funcionario para que cumpla la condena del juez; los casos serán resueltos por los jueces y no por un jurado de procedencia en el Congreso, lo cual invariablemente nos llevaba a la politización de los casos, dijo Torres Origel.
Lo que ahora estamos haciendo en proteger la función pública no al funcionario. En el caso de los legisladores la inmunidad parlamentaria funciona para proteger al senador o al diputado de la tentación de los otros Poderes a tomar represalias por los dichos del legislador. Para el resto de los funcionarios que gozan de fuero ya no será más un tema de abuso o de evasión de la justicia por que cuando se compruebe un ilícito el servidor enfrentará el juicio desde su encargo sin las dilaciones que representaba el llamado juicio de procedencia, el cual consiste en que la cámara de diputados lleve a cabo un juicio alterno para determinar la existencia de elementos comprobatorios de delito y en su caso declarar la separación del cargo y el retiro de la protección del fuero.
redes SOCIALES
aclaración IMPORTANTE
Este portal de Internet no es un medio de promoción política con fines electorales. Es un espacio que se construye y se mantiene con fondos privados.






